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Concentración en Valencia en apoyo a Susana Guerrero y Nayara

Ayer sábado, por la mañana, tuvo lugar en la puerta del Ayuntamiento de Valencia una concentración de apoyo a Susana Guerrero y su hija Nayara ante el desamparo que ambas están sufriendo frente a la decisión de la judicatura al otorgar la custodia compartida a un padre maltratador. La Audiencia de Toledo retrasa de momento la decisión sobre si ratifica la sentencia de un juzgado de Talavera de la Reina que el año pasado concedió la custodia íntegra al padre, condenado por malos tratos e imputado por abusos sexuales.

Como cita Sonia Vaccaro, desde lo ideal, se considera que el acuerdo entre ambos progenitores para compartir, no solo la custodia sino la responsabilidad total con respecto a sus hijas e hijos, es un estado óptimo. Pero lo bien cierto es que hace más de diez años que la custodia compartida es legítima sin haberse establecido al menos unos mínimos indicadores que acrediten habilidades de cuidado y atención más allá de los establecidos en el artículo 68.2 del código civil y que por desgracia se incumplen en demasiadas ocasiones sin consecuencias jurídicas.

El régimen general de custodia compartida es contrario a los criterios de la CEDAW, que ha subrayado por activa y por pasiva que establecer una custodia de estas características constituye una vulneración de los derechos de las mujeres y un desatino en un país donde los tribunales apenas tienen en cuenta los antecedentes por violencia de género para adjudicar derechos de custodia y régimen de visitas.Un país donde además, a pesar de las indicaciones del Consejo General del Poder Judicial, se sigue utilizando como argumento el SAP.

El concepto de custodia compartida parte de la premisa de “compartir equitativamente la custodia de las hijas y los hijos durante el matrimonio”, pero lamentablemente no se ha alcanzado esa igualdad en el reparto de responsabilidades y tareas entre hombres y mujeres. Ni tan siquiera las leyes orientadas a proteger a las mujeres han logrado desasirse de la marca de género y en la mayoria de los casos se orientan más a proteger la familia como institución que a las propias mujeres.Por lo tanto si partimos de una situación de desequilibrio para dividir salomonicamente en partes iguales, sistemáticamente se profundiza más en la desigualdad.

Los antecedentes previos al divorcio acerca del cuidado de las hijas e hijos a la hora de legislar con referencia a la custodia, cuando no hay acuerdo entre los progenitores, debieran tener un peso específico a fin de salvaguardar al menor. Una sentencia, y vuelvo aquí a citar a Sonia Vaccaro, no cerrara ni solventará la brecha entre las partes.Las hijas e hijos no pueden convertirse en objetos de derecho, debe respetarse la máxima a la cual todas las personas aspiramos, a ser sujetos de derecho.

La custodia compartida no es solo, como cita la abogada María Durán, el reparto del tiempo de tenencia de los hijos e hijas, o pagar la mitad de los gastos que supone su mantenimiento, significa entre otras cosas una jerarquía de valores éticos, modelo educativo y patrones de higiene y salud, y ello solo es posible desde el consenso continuado de ambos progenitores. El interés del menor es incompatible con atribuir la guarda y custodia conjunta cuando uno de los progenitores no ha demostrado las habilidades parentales constantes de convivencia, porque entonces se pone en riesgo el desarrollo del o de la menor.

Por todo ello seguimos saliendo a la calle, para pedir que se deroguen o se reformen las leyes que vulneran derechos fundamentales, para que menores como Nayara no tengan que vivir y crecer en un campo de batalla y madres como Susana Guerrero no tengan que soportar una justicia coactiva, forzada y patriarcal.

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Crónica y fotografías: Concha Martínez

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