B. es una mujer cubana que reside desde hace tiempo en uno de los municipios afectados por la DANA. Está empadronada y cumple con los requisitos formales para la regularización, pero no puede obtener los antecedentes penales exigidos. Su consulado no colabora, no tiene trabajo desde la DANA, y su salud emocional se deteriora día a día debido a su situación migratoria. Aunque no fue arrastrada por la riada que devastó la provincia de València el 29 de octubre de 2024, se siente igualmente sumergida como si la riada se la hubiese llevado.
El 12 de febrero de 2025, el Ministerio de Inclusión anunció la posibilidad de acceder a una autorización de residencia por circunstancias excepcionales para personas damnificadas por la DANA. El plazo para presentar la solicitud finaliza el 14 de mayo. Para muchas mujeres inmigrantes residentes de los municipios afectados por la DANA, esta medida representó una luz al final en su camino. Sin embargo, lo que parecía una vía de reparación se ha convertido en una fuente de tensión, desigualdad y barreras estructurales.
Sobre papel, el procedimiento parece accesible: demostrar residencia (empadronamiento), presentar pasaporte vigente, antecedentes penales y, si corresponde, certificados de nacimiento o matrimonio apostillados. Pero la realidad es distinta. Las mujeres inmigrantes, especialmente aquellas en situación administrativa irregular, se han encontrado con una maraña de obstáculos para acceder al trámite: falta de padrón, documentos inalcanzables a la distancia, plazos reducidos e imposibles. Obstáculos que reproducen la violencia institucional, que llevamos años denunciando e informando, como se expone en el Informe sobre violencia institucional hacia las mujeres inmigrantes (Asociación Por Ti Mujer, 2023).
El empadronamiento ha sido la primera gran barrera: sin él no hay expediente de arraigo, tarjeta sanitaria ni acceso a ayudas. Para acceder a la autorización de residencia, el requisito principal es haber estado empadronada antes del 4 de noviembre de 2024 en uno de los municipios afectados por la DANA. No obstante, desde Por Ti Mujer hemos señalado en repetidas ocasiones que muchas mujeres inmigrantes enfrentan serias dificultades para empadronarse: algunos propietarios se niegan a facilitar el trámite o incluso exigen dinero a cambio. En otros casos, incluso cuando logran empadronarse, no siempre lo hacen en el municipio en el que realmente residen. Muchas veces, se ven obligadas a registrarse en otras direcciones por falta de contrato formal. Como resultado, aunque residiese de hecho en una de las zonas afectadas por la DANA, no figuran en el padrón de los municipios incluidos en la medida, quedando así excluidas nuevamente de la regularización por una barrera que no es jurídica, sino social y estructural. Según el Informe de Por Ti Mujer (2023) un 37,8% de las mujeres entrevistadas calificó de “alta” la dificultad de acudir al padrón.
De acuerdo con el informe del Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana (2024), se han documentado múltiples trabas al empadronamiento en municipios como València, Catarroja o Torrent, afectando directamente a personas en situación de vulnerabilidad. El informe denuncia la exigencia de requisitos no contemplados legalmente, el uso excluyente de la cita previa y la falta de empatía institucional, lo que, en palabras del propio Síndic, estas prácticas son “sencillamente inaceptables” y constituyen un obstáculo estructural que mina el acceso a derechos.
A falta de un mes para finalizar el plazo para tramitar la autorización, como alternativa al empadronamiento, la Oficina de Extranjería ha aceptado, de manera extraordinaria, “un informe de residencia efectiva”, que se basa en el registro de uso habitual de servicios sociales antes del 4 de noviembre, emitido por el Ayuntamiento del municipio afectado y certificado por la secretaría municipal, en vez de por la trabajadora social. No obstante, esta medida es limitada, no oficial, depende de la voluntad de cada municipio y, aunque representa un avance puntual, no garantiza el acceso efectivo para quienes no han podido empadronarse, ya que las mujeres aún deben empadronarse para solicitarlo y crear su expediente. Una solución parcial que se vuelve privilegio para pocas.
Como si el requisito del empadronamiento no fuera ya complicado, a ello se suma la dificultad que se extiende a miles de kilómetros de distancia: obtener los documentos del país de origen, que no solo es un proceso costoso, sino también lento. De esta forma, la violencia institucional ya no solo es local, sino que se convierte en internacional. La ausencia de mecanismos eficaces y accesibles en las representaciones consulares para la obtención de documentación clave constituye una omisión institucional que obstaculiza gravemente los derechos de las mujeres inmigrantes en su proceso de regularización.
A pesar de que las representaciones diplomáticas han de ofrecer información y asistencia a sus connacionales para la emisión de pasaportes, así como para la emisión de certificados de nacimiento o matrimonios, dicha información no se difunde. Algunos consulados pueden emitir algunos certificados, pero no la apostilla, o el certificado de antecedentes penales. Una alternativa es solicitarlos a través de sitios web de los países de origen, un procedimiento que parece “fácil” si se permite el pago con tarjeta de débito o crédito, pero cuya accesibilidad se desvanece cuando los pagos solo se admiten mediante transferencias o tarjetas de bancos nacionales. La falta de apoyo consular, la brecha digital, la falta de recursos y el desconocimiento ha llevado a muchas mujeres y sus familiares a recurrir a intermediarios que cobran tarifas abusivas. El resultado es que, antes de siquiera reunir todos los documentos necesarios, el plazo ya ha caducado, reproduciendo con ello la negligencia administrativa.
Todo ello configura una forma de violencia institucional que no es nueva, pero que se intensifica en contextos de crisis. Lo advertimos desde Por Ti Mujer: cuando el Estado impone requisitos imposibles a quienes ya están en situación de vulnerabilidad, perpetúa la exclusión que dice combatir, y lo hace con rostro de legalidad (Por Ti Mujer, 2023).
El informe del Síndic de Greuges (2024) ha identificado que, tras la DANA, las personas afectadas “peregrinan de administración en administración, de trámite en trámite, de cola en cola”, recibiendo mensajes contradictorios y siendo requeridas a presentar documentos que, en muchas ocasiones, ya obran en poder de otras entidades públicas. El Síndic lo define como “un fracaso colectivo al derecho de buena administración”. Además, señala que “la acción pública debe revestirse de empatía, simplificar trámites y promover la interoperabilidad”, en especial tras una catástrofe como la DANA. La ausencia de coordinación, de voluntad y de respuesta administrativa agrava la exclusión.
La combinación de estatus irregular, emergencia climática y cuidados multiplica la carga. Las mujeres inmigrantes viviendo en ansiedad constante, con las maletas listas por si vuelve la inundación, no pueden pasar horas frente a un Consulado ni pagar 100€ por un certificado digitalizado que quizás llegue fuera de plazo; no hablamos solo de papeles, hablamos de vidas, donde esa cadena de decisiones administrativas se convierte en violencia institucional.
Como organización, alertamos sobre el riesgo que implica exigir requisitos imposibles en tiempo récord a quienes precisamente están en situación de vulnerabilidad y por haber sido invisibilizadas por el sistema. Una vez más la carga recae en las mujeres, que deben entender procesos digitales, pagar trámites, traducciones, o lidiar con consulados no del todo eficientes, hacerlo todo con urgencia y sin margen de error.
A menos de catorce días de cumplirse el plazo de tres meses, hacemos un llamado a la conciencia y debida diligencia, observar las dificultades estructurales para cumplir con los requisitos, incorporando un enfoque de derechos humanos. Considerar una prórroga más allá del 14 de mayo, la oficialización del informe de residencia efectiva, o la aceptación de residencia acreditada sin padrón formal. El procedimiento extraordinario por la DANA debería ser una medida de justicia climática y de reparación real, no una lotería burocrática que reproduzca la desigualdad.
Este artículo se desarrolla en el marco del convenio formalizado con la Plataforma del Tercer Sector, articulado a partir de la línea de subvenciones de concesión directa establecida en el Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) impulsado por el Gobierno de España.
El contenido de la publicación es de autoría y responsabilidad exclusiva de la Asociación Por Ti Mujer y no refleja, necesariamente, la postura de la Plataforma del Tercer Sector ni del Gobierno de España.
Autora:
Lucia Avila
Área Jurídica de Inclusión
inclusion-dana@asociacionportimujer.org
Comentario (1)
Amparo says
7 de mayo de 2025 at 10:22Es una realidad gracias por ser nuestra voz