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La esclavitud infantil: una realidad que continúa persiguiendo a millones de niñas, niños y adolescentes

De acuerdo con la Convención sobre los Derechos del Niño, siendo este el primer tratado internacional ratificado por la Declaración de Derechos Humanos y aprobado en 1989, los y las menores son individuos con derecho de pleno desarrollo físico, mental y social, así como con derecho a expresar libremente sus opiniones. Los derechos de la infancia están plenamente estipulados en esta Convención, en la que se afirma que “no hay causa que merezca más alta prioridad que la protección y el desarrollo del niño, de quien depende la supervivencia, la estabilidad y el progreso de todas las naciones y, de hecho, de la civilización humana” (UNICEF, 2006).

A pesar de que esta Convención entró en vigor en 1990, observamos como aún se necesitan numerosos esfuerzos en lo referido a la protección integral de la infancia y adolescencia, para que esta misma se haga efectiva, tal y como dejan de manifiesto, entre otros, los datos que indican que el trabajo forzoso infantil, que se da en mayor medida en niñas, es una de las principales vulneraciones de derechos humanos (Organización Internacional del Trabajo, 2017). De esta manera, millones de niñas trabajan como sirvientas domésticas y asistentas sin salario en el hogar, siendo además especialmente vulnerables a la explotación y el maltrato (UNICEF, 2018).

Un total de 3,31 millones de niños y niñas son víctimas de trabajo forzoso, lo que representa alrededor del 12% de todas las personas en situación de trabajo forzoso. Debido a las limitaciones para recoger estos datos, los cuales ya son alarmantes, se predice que pueden ser solo la punta del iceberg. El trabajo forzoso infantil se produce en una gran variedad de sectores económicos e industrias. Más de la mitad de los niños y niñas víctimas de trabajo forzoso están involucrados en la explotación sexual comercial. El trabajo doméstico, la agricultura y la industria manufacturera son otros de los muchos sectores en los que se registran menores en situación de trabajo forzoso. Los informes señalan que los niños y niñas pueden ser sometidos a graves formas de coacción y abuso, como el secuestro, el consumo de drogas, el cautiverio, el engaño y la manipulación de la deuda. Algunos de los peores abusos se producen en las situaciones de conflicto armado (Organización Internacional del Trabajo, 2022).

Debemos aclarar que la explotación infantil es la utilización de menores por parte de personas adultas, para fines económicos o similares, en actividades que afectan a su desarrollo biopsicosocial y al disfrute de sus derechos. Así, no todo trabajo realizado por un niño o niña, se considera como esclavitud infantil. El trabajo infantil es esclavitud cuando ese trabajo interfiere en su educación y cuando se origina por condiciones de vulnerabilidad. No hablaremos entonces de esclavitud, cuando se trate de tareas apropiadas a la edad y desarrollo del menor y tengan como objetivo principal el fomentar las habilidades y responsabilidades del mismo.

Aunque el trabajo forzoso puede aparecer en cualquier parte del mundo, cierto es que, en mayor medida, se origina en zonas empobrecidas en las que existe una importante falta de recursos y capacitación. Por ello, la pobreza aumenta la probabilidad de aparición del trabajo forzoso infantil, mientras que este perpetúa la pobreza. El trabajo forzoso en menores puede, a corto plazo, incrementar los ingresos en el hogar familiar; pero, a medio y largo plazo, lleva consigo el mantenimiento e incremento de las desigualdades socioeconómicas en la sociedad. Como consecuencia, a largo plazo, el trabajo forzoso restringe las posibilidades de las familias de salir de la situación de pobreza, al impedir que las nuevas generaciones accedan a la educación (Leyva y Pichardo, 2016). Nos encontramos entonces, ante este círculo vicioso, en el que la explotación infantil es causa y consecuencia de la pobreza, llevando así a la perpetuación generación tras generación de una vida en condiciones de precariedad laboral y exclusión social.

Una gran parte de las víctimas de esclavitud infantil es sometida a explotación sexual. En esta se incluyen todos aquellos actos a través de los cuales una persona utiliza el cuerpo de un niño, niña y/o adolescente, para sacar provecho de carácter sexual. Se trata de una de las formas de explotación infantil más cruentas, que se constituye como un acto de violencia sexual; una conducta delictiva donde los menores son tratados como mercancía sexual y; en consecuencia, una grave vulneración de los derechos de niños, niñas y adolescentes (Ossa-Estrada y Muñoz-Echeverri, 2015). Existen escasos estudios referidos a la explotación sexual infantil y adolescente (en adelante, ESIA), ya que la misma tiene lugar de forma clandestina y con carácter oculto, intentando así escapar de las consecuencias legales derivadas. Esto dificulta la detección de casos y la prevención de los mismos, al desconocer en cierta medida el modus operandi que se sigue en estas prácticas (Benavente, Ballester, Pich y Pereda, 2022).

A pesar de esta falta de información referida a la ESIA, se conoce que, en lo que respecta al continente europeo, existe una mayor proporción de niñas y adolescentes sufriendo esta situación de violencia, siendo la edad promedio de las mismas entre los 13 y los 15 años. El riesgo engloba a cualquier grupo étnico y nivel sociocultural, aunque existe una mayor amenaza para menores migrantes no acompañados. Haber sufrido con anterioridad violencia sexual, haber tenido previamente relaciones sexuales de riesgo, haber consumido alcohol y/o drogas a edades tempranas y, en general, el pertenecer a un núcleo familiar en riesgo de exclusión social, pone de nuevo en una situación de desprotección a estos menores y adolescentes, aumentando la posibilidad de ser víctimas de ESIA. Todo ello, trae consigo importantes problemas respecto a la salud física y psicológica de estos menores, los cuales tendrán que hacer, una vez fuera de la situación de violencia, un amplio esfuerzo por recuperar unas condiciones de vida dignas.

La falta de compromisos políticos firmes por parte de los gobiernos, la inexistencia de una legislación homogénea y efectiva y, la ausencia de políticas sociales con perspectivas de infancia, siguen impidiendo la erradicación total de la explotación infantil (Villagrasa, 2020). Sin embargo, esta problemática de índole social nos corresponde a todos/as los/as ciudadanos/as en su conjunto, no únicamente a nuestros dirigentes.

Desde la Asociación Por Ti Mujer y, en relación a este 16 de abril, como Día Internacional contra la Esclavitud Infantil, consideramos necesario que se destinen mayores recursos a sensibilizar y concienciar a la sociedad, para que esta reaccione y denuncie cualquier sospecha de explotación infantil, dándole herramientas para su detección. Además, debemos avanzar hacia una educación universal y un compromiso real en la erradicación de cualquier tipo de violencia hacia los menores, como forma de prevención. Con todo ello, podremos hablar, finalmente, del cumplimiento de los derechos humanos y de la infancia y adolescencia.

Este artículo ha sido desarrollado en el marco del Centro de Atención Integral a Mujeres Inmigrantes y Víctimas de Violencia de Género, financiado por Vicepresidència Segona i Conselleria de Serveis Socials, Igualtat i Habitatge, con cargo al tramo autonómico de la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

El contenido de la publicación es de autoría y responsabilidad exclusiva de la Asociación Por Ti Mujer y no refleja, necesariamente, la postura de la GVA.

Autora: Pilar Rodríguez Picazo, psicóloga de la Asociación Por Ti Mujer
Correo electrónico: psicologa@asociacionportimujer.org

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